A.R.T.
Instrucciones para la Convalidación de accidente de Trabajo
- El agente debe asistirse siempre en la A.R.T.
- Después de cada atención médica el agente debe entregar a la oficina de Personal fotocopia del volante que le confeccionará la A.R.T. donde se indica los días otorgados y/o la fecha que debe reintegrarse al trabajo. El agente tiene un plazo de 48 hs para realizar la denuncia del accidente en nuestra Oficina.
- La Oficina de personal debe remitir a la Dirección de Salud la documentación mencionada en el punto 2 agregada a la solicitud de licencia médica.
- La Dirección de Salud convalida los días otorgados y remite la información de igual forma que para todos los pedidos de licencia médica.
Para mayor información podrá comunicarse a los siguientes teléfonos 0800 333 1278
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Relevamiento de Datos Personales
Para dar cumplimiento a la Ley 24557 A.R.T y Resol. 946/93 Decreto Ley 3413, la Dcción. de Salud de U.N.L.P. implementó una Planilla de Datos (Memorando nº 25/05), la cual deberá ser cumplimentada por el personal rentado (Docente y No-Docente), e incorporada al respectivo Legajo, pudiendo ser presentada en el propio lugar de trabajo o en esta oficina.
Nota: imprimir la planilla a doble faz