Al solicitar las facturas o comprobantes deben tenerse en cuenta las siguientes indicaciones:
● Deben estar emitidas a nombre de Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de La Plata y deben contener los siguientes datos:
Domicilio: calle 1 esq 47 para Facultad o calle 7 Nº 776 en el caso de la UNLP
Localidad: La Plata
Responsabilidad frente al IVA: Exento
Nº de CUIT: 30-54666670-7
Condición de venta: Contado
Las Facturas podrán ser abonadas con tarjeta de débito o tarjeta de crédito en un sólo pago. En ambos casos la factura deberá indicar la leyenda PAGADO o acompañadas del Recibo correspondiente.
Detalle de la operación:
● Descripción que permita identificar el bien adquirido, el servicio prestado, la cosa, obra o servicio locado o el trabajo efectuado.
● Debe figurar la cantidad de los bienes adquiridos, precio unitario y total o todo otro concepto que incida cuantitativamente en el importe total de la operación.
● El proveedor deberá completar, si la factura no la posee, la leyenda "Son pesos: _________" en letras.
● En todos los casos, estos comprobantes deben ser facturas "B" ó "C". No se aceptan tickets comunes. Se admiten Ticket-Factura "B", donde consten los mismos datos que en las facturas anteriormente detallados.
● Estos comprobantes deben ser ORIGINALES (no se aceptan fotocopias) y deben estar "completos", esto quiere decir que no debe faltar ningún dato.
● Los comprobantes no pueden tener tachaduras ni enmiendas, ni estar escritos con dos tintas diferentes ni tener dos caligrafías distintas. De existir esta situación deben ser "salvados" por el proveedor. Cada corrección realizada debe tener firma y aclaración del proveedor. Ejemplos: si tiene dos tintas diferentes: "vale cambio de tinta"; si tiene una enmienda o tachadura en alguna palabra o número o la fecha: "digo (la palabra o número enmendado)"; si tiene dos caligrafías diferentes: "vale cambio de letra"; etc.
● Cuando el comprobante sea de COMBUSTIBLE, se debe anotar en el mismo la patente del vehículo y adjuntar copia de la cédula verde firmada.
● Según Decreto 1189/12 las entidades del Sector Público Nacional deberán contratar con YPF S.A la provisión de combustibles y lubricantes para la flota de Automotores, embarcaciones y aeronaves oficiales.
En el caso de los PASAJES debe tenerse en cuenta lo siguiente: